A Caracas llegan miembros del Frío para denunciar violación de derechos humanos
Autor: aporrea tvi
Fecha de publicación:
Caracas, marzo 29 de 2012.-Varios miembros del Colectivo El Frío, llegaron el día martes a la capital del país, a protestar frente a la Fiscalía general de la Nación, por los hechos acaecidos durante los días 12 y 13 de marzo, en los que un grupo de ocupantes fueron víctimas de un desalojo violento por parte de la Guardia Nacional, quienes posteriormente agredieron y arrestaron a más de 30 personas, en la Cámara Municipal del Municipio Iribarren, estado Lara.
Luego de sufrir estas adversidades (golpes y palizas) por parte de la Guardia Nacional, fueron liberados la mayoría de los detenidos, quedando privados de libertad, cuatro adultos y cuatro menores de edad.
Mujeres, hombres y niños, tomaron un autobús desde Barquisimeto, a las 12 de la medianoche, para amanecer en Caracas a las 5 de la mañana, del día martes 27, contando con muy pocos recursos para su estadía en la Capital, pero el objetivo de luchar por la liberación de sus compañeros, manifiestan, hace de la resistencia un poder que les anima a seguir batallando en contra de las injusticias.
Se debe recordar, que estamos viviendo un proceso humanista y no represivo, según lo ha manifestado el Ministro de Justicia, Tareck El Aissami, través de los medios, cuando habla de los nuevos gendarmes, garantes de la ley, pero con un comportamiento distinto a los de la IV república, como expresó, cuando se hicieron desalojos violentos por parte de la policía de Chacao el pasado 22 de enero de 2011.
Ante este hecho, el ministro del Poder Popular Para Interiores y Justicia, Tareck El Aissamí manifestó su rechazo ante la actuación represiva de las autoridades de este municipio, “Como órgano rector del servicio de la policía, hemos instruido a todos los cuerpos de policía que la actuación frente a estos casos debe ser en estricto apego a los derechos humanos”.
Así mismo, exhortó a las autoridades a persuadir, acompañar y orientar a las comunidades de los procedimientos para la ocupación temporal de los terrenos y no a arremeter y atropellar a las familias que se encuentran en esta situación. Informó que el Ministerio se mantendrá alerta ante la actuación de los funcionarios policiales y les recordó a los directores de los cuerpos policiales “que hay una Ley, la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y la Ley del Estatuto de la Función Policial, con la que deben actuar con estricto apego”. Declaración hecha a través de YVKE Mundial.
El colectivo, el Frío, apela a la Constitución, la cual refiere a estos casos de discriminación, marginación y vulneración de sus derechos.
Artículo 21. Todas las personas son iguales ante la ley, y en consecuencia:
2. La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.
Artículo 29. El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades.
Artículo 30. El Estado tendrá la obligación de indemnizar integralmente a las víctimas de violaciones a los derechos humanos que le sean imputables, y a sus derechohabientes, incluido el pago de daños y perjuicios.
El Estado adoptará las medidas legislativas y de otra naturaleza, para hacer efectivas las indemnizaciones establecidas en este artículo.
Artículo 31. Toda persona tiene derecho, en los términos establecidos por los tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanos ratificados por la República, a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos.
Artículo 78. Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República. El Estado, las familias y la sociedad asegurarán, con prioridad absoluta, protección integral, para lo cual se tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que les conciernan. El Estado promoverá su incorporación progresiva a la ciudadanía activa, y un ente rector nacional dirigirá las políticas para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes.
Artículo 82. Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénicas, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y el Estado en todos sus ámbitos.
El Estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que éstas y especialmente las de escasos recursos, puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas.
Artículo 281. Son atribuciones del Defensor o Defensora del Pueblo: 1. Velar por el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados, convenios y acuerdos internacionales sobre derechos humanos ratificados por la República, investigando de oficio o a instancia de parte las denuncias que lleguen a su conocimiento.
Por otro lado,La LOPNA establece en forma explicita, que solo se podrá privar de su libertad al adolescente, cuando se cometa algunos de los siguientes delitos: homicidio, lesiones gravísimas, violación, robo agravado, secuestro, trafico de drogas, robo o hurto de vehículos automotores.
Ninguno de los cuales se encuentra en el presente el caso.
Acciones estas que no tienen nada que ver con las supuestas acciones, por las que han sido inputados los adolescentes, y a los cuales les han impuesto unas multas desproporcionadas, imposibles de pagar por carecer de los recursos monetarios.
El Colectivo del Frente Revolucionario de Inquilinos y Ocupantes, exige la inmediata liberación de todos los detenidos, a quienes se les imputan cargos de violencia, cuando han sido ellos las víctimas de violencia por parte de organismos de seguridad del Estado, los cuales, deben velar por los derechos de los ciudadanos y no ir nunca en contra de ellos
Exigen, que los menores de edad sean liberados: Javier Wilson Rodríguez Parra, Franz Anteri Ramírez, Junior Rodríguez, Isaac Meléndez, debido a que es inmoral, desde todo punto de vista, tener presos a menores de edad por causas tan absurdas, desde el punto de vista legal. Es un acto injusto y no descansaran hasta que Carlos Sivieres, Jorge Luis Goyo, Rosmary Goyo y Richard Mendoza sean puestos en libertad. Cada día que permanezcan presos significará un retroceso político para este proceso que no debe golpear y olvidar a quellos que han probado ser verdaderos revolucionarios, que precísamente se ha levantado con el apoyo de los que menos tienen y que más sacrifican por esta revolución.
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